Motos acuáticas deben conducirse lejos de los bañistas.
Con la llegada del receso de fin y principio de año, aumenta la presencia de motos acuáticas en los ríos, playas y lagos, así como su alquiler por parte de los turistas, de ahí que es necesario conocer las reglas de su uso, para reducir riesgos de accidentes.
Las autoridades de Navegación y Seguridad, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes indicaron que la utilización de estos vehículos de agua también conlleva una responsabilidad intrínseca de autocuido y de empatía con otras personas, sean navegantes, surfistas o bañistas.
Dos de las previsiones más importantes, vinculadas con la seguridad de terceros inocentes, es que no se deben utilizar a menos de 50 metros de los bañistas, ni a menos de 30 metros de otra vehículo acuático.
Así, con ese distanciamiento mínimo, explicaron las autoridades, se evita o se reduce considerablemente el riesgo de embestir a las personas -comprendiendo que, lo más probable, es que impacten a esa persona en la cabeza, lo cual podría tener consecuencias graves y hasta fatales-. Asimismo, se evita un choque que podría provocar lesiones o riesgos de ahogamiento de quienes caen al mar.
De igual forma, relacionado con la autorresponsabilidad, es vital que toda persona que utilice estos automotores acuáticos porte un chaleco salvavidas, tanto quien lo conduce como quien lo acompaña.
Por otro lado, un tema vinculado con la seguridad propia de quienes usan estas motos para agua es que ninguna persona menor de 16 años debe tripularlo, es ilegal. Entre los 16 y los 18 años, el cilindraje de la moto acuática que se puede tripular no debe superar los 400 centímetros cúbicos.
Si una persona observa incumplimientos a las reglas de uso de una moto acuática, más si ponen en riesgo la vida de otros, se solicita que se llame al Servicio Nacional de Guardacostas o a la Fuerza Pública de inmediato, vía 9-1-1.
En este sentido, las autoridades piden a las personas que no sean indiferentes ante estas faltas con motos acuáticas y que no se conformen solo con salirse del agua o pedir a su familia que se salga; lo correcto, para reducir riesgos de tragedias, también es denunciar de inmediato.
Las motos acuáticas deben contar con un certificado de navegabilidad al día, otorgado por la dependencia del MOPT y estar inscrito en el Registro Nacional. Para inscribirla, deben obtener un documento, previamente, por parte de la Dirección de Navegación y Seguridad y, luego de inscribirlo, gestionarla el certificado de navegabilidad, para poder ser utilizada legalmente.